Redacción Colombiabus
AL PROYECTO LE QUEDAN POCAS SEMANAS PARA SU TRÁMITE
Cuando la Corte Constitucional estudió una acción de inconstitucional, que dejó sin efecto a la fijación por decreto de la base gravable para estimar la sobretasa a los combustibles líquidos, emitiendo su sentencia C-030 de 2019. En ella se argumentó que no existía precisión suficiente y clara para definir la base sobre la cuál establecer la sobretasa, y adicionalmente, le otorgó al gobierno un plazo de dos años para presentar un nuevo proyecto que permitiera subsanar el error.
Esta disposición impidió a diferentes entes territoriales, obtener recursos para financiar obras de infraestructura y otros desarrollos, aunque también, disminuye el impacto sobre la estructura de costos de los transportadores de todas las modalidades, pues afecta el insmo más importante de la operación: el combustible.

Sin embargo, los dos años de plazo que concedió la Corte Constitucional, están por vencerse y por ello, se ha radicado ante el congreso un proyecto que propone una nueva base de cálculo y una nueva justificación para establecer la sobretada, en un momento crítico, no solo por la emergencia económica y social del país debido a la pandemia, sino que también puede hacer parte de las reivindicaciones de los transportadores.
El documento del proyecto propone que, para la tarifa general, la tasa para municipios y distritos sea de $940 para gasolina corriente y $1.314 para gasolina extra. En el caso de departamentos las tarifas serían de $330 en corriente y $562 para extra. Para el caso de Bogotá, se plantea un valor de $1.270 y $1.775, respectivamente. La sobretasa al ACPM para consumo en municipios zonas de frontera se liquidará con una tarifa de $204 por galón para el producto nacional y $114 por galón para el producto importado, mientras que en el resto de zonas del país, se propone una tarifa general de $301.

Un pulso entre transportadores y entes territoriales, mientras los ponentes del proyecto esperan que sea aprobado antes del 20 de junio, fecha límite que fijó la Corte Constitucional.
Les invitamos a consultar el proyecto, sus ponentes y su justificación en el siguiente enlace: